Identifica la información relevante de la ley y completa la
siguiente tabla explicando claramente qué elementos se abordan en dicha ley:
Nombre de la Ley
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¿Qué dice?
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1
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LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
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Esta Ley es
reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los
Estados Unidos
Mexicanos que se refieren a la protección
al ambiente en materia de prevención y gestión integral de residuos, en
el territorio nacional.
Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por
objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente sano y
propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la
generación, la valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos,
de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial; prevenir la
contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación.
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2
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LEY GENERAL
DE VIDA SILVESTRE
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Esta Ley
tiene como objeto establecer la concurrencia del Gobierno Federal, de los
gobiernos de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas
competencias, relativa a la conservación y aprovechamiento sustentable de la
vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República Mexicana y en
las zonas en donde la Nación ejerce su jurisdicción. El aprovechamiento
sustentable de los recursos forestales maderables y no maderables y de las especies
cuyo medio de vida total sea el agua, será regulado por las leyes forestal y
de pesca, respectivamente, salvo que se trate de especies o poblaciones en
riesgo.
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3
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LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
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Esta Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y
restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente,
en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su
soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés
social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer
las bases para garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente
sano para su desarrollo, salud y bienestar.
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4
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LEY GENERAL
DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE
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Esta Ley es
reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, sus disposiciones son de orden e interés público y de
observancia general en todo el territorio nacional, y tiene por objeto
regular y fomentar la conservación, protección, restauración, producción,
ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas
forestales del país y sus recursos, así como distribuir las competencias que
en materia forestal correspondan a la Federación, los Estados, el Distrito
Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el
artículo 73 fracción XXIX inciso G de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, con el fin de propiciar el desarrollo forestal sustentable.
Cuando se trate de recursos forestales cuya propiedad corresponda a los
pueblos y comunidades indígenas se observará lo dispuesto por el artículo 2
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Selecciona e investiga más de tres Acuerdos
internacionales y completa la tabla indicando el nombre del acuerdo y
explica de forma breve de qué trata.
Nombre del acuerdo
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¿Qué dice?
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1
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Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC)
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La CMNUCC establece un marco de acción cuyo objetivo último
es “lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto
invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias
antropogénicas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse
en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten
naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no
se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera
sostenible.”
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2
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Convenio
de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes
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En mayo de
2001, en Estocolmo, Suecia, un total de 127 países adoptaron un tratado para
prohibir o minimizar el uso de doce de las sustancias tóxicas más utilizadas
en el mundo, consideradas causantes de cáncer y defectos congénitos en
personas y animales. Estas sustancias prioritarias son: la aldrina, el
clordano, el diclorodifeniltricloroetano (DDT), la dieldrina, la eldrina, el
heptacordo, el mírex, el toxafeno, los policlorobifenilos (PCB), el hexaclorobenceno,
las dioxinas y los furanos.
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3
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Convenio de Rotterdam sobre el Consentimiento Fundamentado Previo
Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de
Comercio Internacional.
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4
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